Para todo dictamen destinado a ser presentado ante autoridades judiciales, administrativas o hacer fé pública en materia de dirección y administración para el asesoramiento en: las funciones directivas de análisis, planeamiento, organización, coordinación y control. La elaboración, implantación de políticas, sistemas, métodos y procedimientos administrativos, finanzas, comercialización, presupuestos, costos y administración de personal. La definición y descripción de estructuras y funciones de la organización. La aplicación e implementación de sistemas de procesamiento de datos y otros métodos en el proceso de información generncial. Lo referente a relaciones industriales, sistemas de remuneración y además aspectos vinculados al factor humano en la empresa. Toda otra cuestión en materia de dirección o administración en materia económica y financiera con referencia a las funciones que le son propias deacuerdo con el presente artículo.
En materia judicial: Para la función de liquidador de sociedades comerciales o civiles. Como perito en su materia en todos los fueros.
Ver más: http://www.consejo.org.ar/
No hay comentarios:
Publicar un comentario